El Tribunal Constitucional (TC) emitió este viernes en su sentencia que los ascensos en la escala de la Policía Nacional del Perú (PNP) vienen a ser una atribución exclusiva del Poder Ejecutivo y en ningún caso, un juez ordinario o constitucional puede concederlos.
El máximo órgano constitucional decidió declarar fundada la demanda competencial que presentó el Ejecutivo contra el Poder Judicial respecto a la reincorporación, otorgamiento de beneficios y ascensos a policías pasados a retiro por renovación de cuadros.
La resolución precisa que el cuestionamiento de decisiones que establecen el pase a retiro del personal de la PNP debe tramitarse mediante un proceso contencioso-administrativo, el cual se admitirá a trámite, sin menoscabar las atribuciones del Ejecutivo.
Ministerio del Interior
Asimismo, dispone que el Mininter ordene en qué circunstancias corresponde iniciar nulidad de oficio en procedimientos en los que el Poder Judicial desprestigió las atribuciones del Ejecutivo, o en su defecto, demandar la anulación de tales actos ante la Corte Suprema.