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Miércoles, 05 de mayo del 2021

Retiro de CTS también podrá ser solicitado de manera online

Trabajadores podrán realizar el retiro parcial o total de los depósitos de la CTS por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2021.

Podrán solicitar el retiro trabajadores del sector privado, de las empresas del Estado y del sector público sujetos al régimen laboral privado, respectivamente.



La Cámara de Comercio de Lima (CCL), informó que el retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) también se podrá solicitar de manera remota (online) a una cuenta del trabajador.

Tras la aprobación del Reglamento de la Ley 31171, se autoriza el retiro parcial o total (100%) de los depósitos de la CTS por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2021, la CCL brinda algunas pautas a los trabajadores.

“El retiro de hasta el 100% de la CTS se ha dispuesto con el objeto de permitir a los trabajadores a cubrir sus necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19”, indicó el gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala.

 

¿QUIÉNES PODRÁN SOLICITAR EL RETIRO?

Cabe resaltar, que se podrá hacer el retiro total incluido los intereses ganados. Podrán solicitar el retiro trabajadores del sector privado, de las empresas del Estado y del sector público sujetos al régimen laboral privado, respectivamente.

 


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