Las empresas beneficiadas con el subsidio del 35% del sueldo de los trabajadores que ganan hasta S/. 1,500 no podrán incluir a dicho personal en una suspensión perfecta de labores. Así lo dispuso el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Mediante un Decreto Supremo, publicado en el diario El Peruano, se estableció medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores durante el estado de emergencia para frenar el coronavirus.
Indica también que en el mes en que el empleador percibe el subsidio para el pago de planilla de empleadores del sector privado, la medida no puede comprender a los trabajadores por los cuales el empleador percibe el referido subsidio.
Asimismo, el dispositivo legal señala que para los efectos de la evaluación del nivel de afectación económica de la compañía, cuando solicite aplicar la suspensión perfecta de labores en mayo, el monto subsidiado será descontado de la masa laboral.