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Lunes, 05 de agosto del 2019

Bono de alquiler: ¿en qué casos se podrá perder el subsidio?

El reglamento de la Ley del bono de alquiler de vivienda, conocido como "Renta Joven", detalla los requisitos que deben cumplir los posibles beneficiarios.

Bono de alquiler: ¿en qué casos se podrá perder el subsidio?

El reglamento de la Ley del bono de alquiler de vivienda, conocido como "Renta Joven", detalla los requisitos que deben cumplir los posibles beneficiarios.




El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el reglamento de la Ley que crea el Bono de Arrendamiento para Vivienda (BAV), cuyo monto inicial será de 500 soles y cubrirá alquileres mensuales desde 750 soles hasta 1,560 soles.

No obstante, existen algunas razones por las que el beneficiado puede perder este bono que tiene como fin brindar ayuda económica para arrendar una vivienda a personas entre 18 y 40 años. ¿Cuáles son?

- Si el beneficiado incumple pagar el BAV por dos meses consecutivos.

- En caso se subarrenda la vivienda en arrendamiento

- Cuando el Fondo Mi Vivienda verifica que el arrendatario se encuentra dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad respecto al          arrendador de la vivienda.

- Por actos realizados por el inquilino que impidan el buen desarrollo de la convivencia vecinal.

- Suspensión del alquiler por más de un año o ante la acumulación de periodos de suspensión que en conjunto sumen más de un año.

- Incumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento.

Aquellos que incurran en las tres primeras causales no podrán participar en beneficio alguno que otorgue el Sector Vivienda, correspondiendo la devolución del bono. También serán incluidos en el Registro de Deudores Judiciales Morosos.

En el caso de vencimiento del contrato de arrendamiento de inmueble o, ante la imposibilidad de renovación inmediata  el beneficiario puede solicitar la suspensión del otorgamiento del bono por el plazo máximo de un año contabilizado de forma consecutiva.

Cabe señalar que al darse la suspensión temporal del otorgamiento del bono conforme a lo señalado en el párrafo anterior también se suspende el cómputo del plazo de los cinco años de otorgamiento del bono.


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