24 Horas Edición Central

09/10/2020

Conozca la ley sobre reprogramación y congelamiento de deudas

El MEF tendrá 10 días para aprobar el reglamento de la norma, y los bancos tendrán uno días más de plazo para establecerse. En ese sentido, la reprogramación de deudas se atenderá en 15 días.




A fin de aliviar la economía de las personas afectados por el Covid-19, el Ejecutivo oficializó la ley de reprogramación y congelamiento de deudas.

Pero, ¿ qué objetivo tiene esta ley?

La creación del Programa de garantías Covid-19, el cual permitirá a los usuarios reprogramar sus deudas con una reducción de la tasa de interés de hasta 25%. De esta manera, los clientes también podrán reprogramar sus deudas por un mínimo de 6 meses y un máximo de 36 meses.

Además, la ley indica que las empresas del sistema financiero podrán establecer un periodo de congelamiento de 90 días para créditos de consumo, personal, mypes y vehícular.

¿Qué es más favorable para los clientes? ¿Reprogramar o congelar una deuda?

Para Jorge Carrillo Acosta, experto en Finanzas y profesor de Pacífico Business School, la opción de reprogramar la deuda permite una disminución de la cuota que podría bajar considerablemente en algunos casos.

¿Qué se requiere para poder acceder a los beneficios de esta ley?

En ese sentido, el experto en Finanzas explicó cuáles son los requisitos para poder acceder a los beneficios del programa de Garantías. Además, agregó que se excluye de estos beneficios a quienes hayan accedido a reactiva Perú, Fae- Mype, Fae- Turismo, Fae-Agro, Mi Vivienda u otro programa con garantía del Gobierno Nacional.

Atención

Cabe indicar que el Ministerio de Economía tendrá 10 días para aprobar el reglamento de la norma y los bancos tendrán uno días más de plazo para establecerse. En ese sentido, la reprogramación de deudas se atenderá en 15 días. 


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