24 Horas Edición Central

15/04/2020

Las empresas no deben despedir a sus empleados pasado el estado de emergencia

Si bien el Ejecutivo anunció un paquete de medidas que permiten a los trabajadores contar con cierta parte de sus CTS y AFP, el temor se apodera de ellos al desconocer qué pasará tras la cuarentena




¿Habrá despidos masivos?, ¿se recortarán los sueldos ante la crisis sanitaria?, ¿las gratificaciones podrían ser suspendidas este año? estas son algunas de las principales preocupaciones que hoy se apoderan de cientos de trabajadores en el Perú.

Según, un vocero del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Renato Sarzo la suspensión perfecta de labores consiste en que el trabajador sigue siendo parte de la planilla del empleador, pese a no trabajar ni recibir retribución económica, el vínculo se mantiene vigente y no hay un despido

Si un empleador desea aplicar la suspensión perfecta de labores deberá acreditar que sus trabajadores no pueden realizar teletrabajo por el rubro al que pertenecen o por no tener la posibilidad de cumplir con una licencia con goce por insolvencia económica.

Otro temor de los trabajadores es el recorte de sueldos durante la emergencia sanitaria. Esta medida, de acuerdo al MTPE sería viable si es que existe un acuerdo entre el trabajador y el empleador, no es posible la reducción unilateral de los sueldos, es decir, si las partes acuerdan una reducción de sueldo también pueden acordar una reducción proporcional de la jornada de trabajo así como también pueden acordar que las jornadas se mantengan.

El tiempo en que se aplica la suspensión perfecta de labores no puede ser considerado por los empleadores como vacaciones. “No es que el tiempo ya transcurrido desde la emergencia nacional el empleador la pueda imputar unilateralmente y directamente como a cuenta de vacaciones, no le puede decir al trabajador todo estos 20 días que han pasado son a cuenta de tus vacaciones”, indicó el vocero del MTPE.


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