El presidente del Congreso, José Williams, firmó la noche del último viernes la autógrafa de ley que reduce la cuantía del hurto simple al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir a 495 soles.
La iniciativa, cuyo autor es el tercer vicepresidente del Parlamento, Alejandro Muñante, modifica el artículo 444 del Código Penal y establece un nuevo criterio en la determinación entre delito y falta.
Hay que señalar que actualmente para que sea considerado delito, el valor del bien hurtado debe equivaler a más de una Remuneración Mínima Vital, es decir, debe ser superior a los 1025 soles.
Si el valor no supera este monto, la justicia reprime con prestación de servicios comunitarios o con multa, sin perjuicio de la obligación de restituir el bien sustraído o dañado.
¿CUÁNDO ENTRARÁ EN VIGENCIA?
Según explicó el abogado penalista Andy Carrión, el dictamen se encuentra en la fase final y entrará en vigencia una vez que sea refrendado por el Ejecutivo y sea publicado en el Diario Oficial El Peruano.