Las universidades que no atiendan ni sancionen casos de acoso sexual, según el Reglamento de Infracciones y Sanciones que ha publicado el Sunedu, tendrán que pagar multas de hasta 8% de sus ingresos brutos o sufrirán la cancelación de sus licencias.
La norma es aplicable a las universidades, bajo cualquier modalidad, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que funcionen dentro del territorio nacional, así como a aquellas personas que están obligadas a cumplir la Ley N° 30220, Ley Universitaria.
El decreto supremo, firmado por el presidente Martín Vizcarra y la ministra de Educación Flor Pablo, fue publicado este último miércoles en el diario oficial El Peruano, donde también han sido consideradas faltas muy graves el usar excedentes o utilidades para fines que no sean los de mejorar la calidad de la educación.