Juicio Justo

17/06/2018

Romy Chang: “Los jueces no ponen la pena que establece el código penal”

Acoso y hostigamiento deberían ser delitos. Romy Chang, abogada penalista, comentó sobre el caso de una venezolana que tuvo que arrojarse de un tercer piso para evitar ser asesinada.




Violada, torturada y acuchillada, Gina, una manicurista venezolana que llegó a nuestro país hace ocho meses fue atacada por Reiner David Alvarado Mesa, un sujeto que la acosaba constantemente. Gina era la inquilina de un departamento propiedad de Alvarado Mesa, quien, con la excusa de verificar en qué condiciones se encontraba el inmueble, ingresó al lugar y la ultrajó.

La abogada penalista Romy Chang sostuvo que Alvarado Mesa habría premeditado atacar a su víctima ya que llevó las ‘herramientas’ que iba a utilizar para cometer el ilícito. Sin embargo, la letrada no pudo evitar mostrar su sorpresa ante la estrategia que lleva la fiscalía sobre el caso.

“Me sorprende un poco porque al parecer la fiscalía ha enfocado el tema desde el punto de vista del homicidio”, señaló Chang y agregó que más bien, la víctima habría sido víctima de acoso sexual previo que podría configurar el delito de feminicidio, sumado a otro delito como es la violación sexual.

La abogada indicó que si bien estos dos delitos sumarían una condena de 43 años de cárcel, la legislación peruana solo permite que las penas se acumulen hasta un total de 35 años. Sin embargo, la abogada también señaló quie hay un problema mayor: “lamentablemente en los casos de feminicidio, los jueces no ponen las penas vinculadas al feminicidio; por ejemplo, la pena es de 20 años, pero ponen 8 o 12. Por ello, hay casos que hay personas condenadas por feminicidio, pero salen libres.

La abogada resaltó que existe un documento llamado ‘ficha de valoración de riesgo’ que sirve para determinar y medir el riesgo al que la víctima podría someterse frente a futuros hechos de agresión y feminicidio: “Sirve para prevenir”, indicó.

Dicho documento entró en vigencia desde el año 2016 y puede ser llenado por cualquier autoridad como la policía, juzgado, fiscalía de familia de manera inmediata. Luego de llenada la ficha, la fiscalía o el juzgado debería emitir una medida de protección como ir a un centro de acogida o que su agresor no se le pueda acerca de manera física, sino también desde el celular. “Pero eso no se cumple porque como no se llena la ficha, no se puede determinar el riesgo futuro para la víctima y no se aplica ninguna medida”


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